La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), le ordenó al gobierno del presidente Gustavo Petro hacer una declaración pública en la que se reconozca que todas aquellas personas menores de 18 años que fueron reclutadas o utilizadas en el conflicto armado por la desaparecida guerrilla de las Farc, tienen la condición de víctima.
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La decisión se produjo luego de una lucha que desde 2021 venían dando organizaciones como la Coalición contra la vinculación de niños, niñas y jóvenes al conflicto armado en Colombia (Coalico), Women’s Link Worldwide y la Fundación PAX Colombia, contra las declaraciones entregadas en ese mismo año por el entonces ministro de Defensa, Diego Molano, en las que equiparaba a los menores muertos en combates con “combatientes, criminales y peligrosos” y con “máquinas de guerra”.
Sus afirmaciones se dieron después de un bombardeo del Ejército al campamento de Gentil Duarte, líder de las disidencias de las Farc, en el Guaviare, en el que murieron 12 niños, niñas y adolescentes.
En el fallo de la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz, los magistrados traen a colación algunos fragmentos de las declaraciones entregadas por Molano, en las que señaló que las víctimas de reclutamiento, “dejan de ser víctimas cuando cometen delitos. Desafortunadamente se convierten en criminales”.
Ante esto, Coalico, Women’s Link Worldwide y la Fundación PAX Colombia, en cabeza de las víctimas de hechos de reclutamiento representadas judicialmente por esas organizaciones en el Macrocaso 07 (reclutamiento de menores), resolvieron elevar ante la JEP una solicitud de medidas cautelares, con el propósito de proteger los derechos de estas personas a la verdad, la reparación y la no repetición.
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Aunque inicialmente su solicitud fue negada, las organizaciones presentaron un recurso de reposición y en subsidio de apelación que fue fallado recientemente a su favor, luego de reconocerse que en este caso “sí se cuenta con elementos suficientes que permiten concluir la existencia de una amenaza o riesgo de vulneración del derecho a la verdad, la justicia y principalmente la no repetición de las víctimas, así como de la situación de gravedad y urgencia”.
En su decisión, la Sección de Apelación determinó que referirse a los niños, niñas y adolescentes reclutados o utilizados en el marco del conflicto armado como “máquinas de guerra” negando su condición de víctimas para reducirlos a la expresión de “graves delincuentes”, constituye una clara omisión del Estado de cumplir con las obligaciones que le son impuestas por la Constitución Política.
“Se hace necesario recordar en este punto que la Ley 1448 de 2011 reconoce de manera explícita que todos los NNA reclutados ilícitamente por grupos armados organizados son víctimas del conflicto armado interno, y en ese sentido deben ser asegurados sus derechos y garantías, entre los que se cuenta la no repetición”, se puede leer en el fallo de segunda instancia.