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Política
Investigación contra Víctor Daza avanza en Procuraduría
El lunes 4 de mayo será escuchado en audiencia pública en la Procuraduría Regional, el exconcejal de Cambio Radical, Víctor Jesús Daza Rodríguez, dentro de la investigación que se le adelanta por una presunta violación al régimen de inhabilidades e incompatibilidades.
Viernes, 1 de Mayo de 2015

Si bien el político ya perdió su investidura en un fallo del Consejo de Estado, el Ministerio Público sigue adelante con un segundo proceso que tuvo su origen en un expediente remitido por el Consejo Nacional Electoral (CNE).

En la queja se advertía que el exintegrante del Concejo incurrió en irregularidades al momento de postular su nombre a los comicios de 2011, por cuanto habría firmado dos contratos con el Instituto Departamental de Salud dentro del año anterior a su elección.

“Considera el ente disciplinario que el exconcejal podría estar incurso en falta disciplinaria por asumir el cargo para el cual fue electo, a pesar de la existencia de causales de incompatibilidad, inhabilidad y conflicto de intereses, de acuerdo con las previsiones legales y constitucionales, como lo establece el artículo 34 de la Ley 734 de 2002”, explicó la Procuraduría.

Para el Ministerio Público, la conducta de Daza Rodríguez  representa una falta gravísima a título de dolo, puesto que al participar en un proceso electoral, el dirigente debía tener pleno conocimiento de los requisitos, así como de las inhabilidades que le podrían sobrevenir al posesionarse y desempeñarse como concejal sin cumplir con las condiciones establecidas por la ley.

Sin embargo, en la diligencia prevista para el lunes, a las 9:00 de la mañana, la Procuraduría escuchará al exconcejal y su defensa, quienes podrán solicitar o aportar las pruebas con las cuales buscan desvirtuar los señalamientos en su contra.

Los problemas para el joven político cucuteño comenzaron tan solo unos meses después de haber tomado posesión para su primer periodo en el Concejo (enero de 2012), al ser demandado ante el Tribunal Administrativo de Norte de Santander por incurrir en una inhabilidad al momento de su elección.

Según la demandante, Víctor Jesús Daza celebró un primer contrato de prestación de servicios el 17 de enero de 2011, por un término de dos meses y catorce días. El segundo contrato se firmó el 12 de abril de 2011 y su duración era de 8 meses y 18 días, pero finalmente se canceló por mutuo acuerdo con el Instituto, el 21 de julio de ese mismo año.

En consecuencia, a Daza Rodríguez se le señaló que además de haberlos celebrado dentro del periodo inhabilitante, estos fueron ejecutados en el mismo municipio en el que fue elegido.

Tras determinar que el dirigente sí incurrió en las faltas señaladas, tanto el Tribunal como el Consejo de Estado fallaron en su contra, decretándose así su muerte política.

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