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Esta es la nueva carta que se jugó el alcalde de Cúcuta para revocar solicitud de suspensión
Los procesos que se adelantaban contra Jairo Yáñez en la Contraloría Municipal ya fueron enviados a Bogotá.
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La Opinión
Miércoles, 14 de Septiembre de 2022

Tal y como lo ordenó la Contraloría General de la República hace dos semanas, los cinco procesos que adelantaba la Contraloría Municipal de Cúcuta contra el alcalde Jairo Tomás Yáñez Rodríguez y que originaron la solicitud de suspensión en su contra, ya fueron remitidos a Bogotá para su estudio.


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Este trámite se cumplió luego de que el saliente titular del ente de control fiscal, Carlos Felipe Córdoba, resolviera decretar la intervención funcional excepcional sobre estas investigaciones, atendiendo una petición que elevó el propio mandatario municipal, quien alegaba una “evidente carencia de imparcialidad” por parte del organismo en la ciudad.

Así las cosas, se ordenó que los procesos de responsabilidad fiscal en los que se indaga por un presunto detrimento patrimonial de más  de $6.221 millones quedaran a cargo de la Contraloría Delegada para la Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo de la Contraloría General de la República, en Bogotá.

Sin embargo, como en esa resolución no se decidió nada sobre la exigencia que hizo el contralor municipal, Oscar Sandoval, de suspender de manera inmediata al alcalde, mientras se resuelven las investigaciones, Yáñez Rodríguez decidió solicitar la revocatoria directa de esa medida.


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“Solicito se dé aplicación a la excepción de inconvencionalidad y se revoque la Resolución 088 de 2022 por inconstitucional e ilegal, emitida por el contralor municipal de San José de Cúcuta, con el fin de evitar la afectación de los derechos políticos que como alcalde elegido  democráticamente me asisten y de quienes con su voto popular me eligieron”, le dice el gobernante a la Contraloría General.

Yáñez plantea que es “vital” para Cúcuta que se restablezca plenamente el orden constitucional y legal “abiertamente vulnerado con la Resolución 088” e insiste en que la medida de suspensión afecta derechos políticos protegidos y amparados por la Convención Americana de Derechos Humanos.

“Tal como ocurrió en el caso (Gustavo) Petro Urrego, estamos frente a una sanción de destitución disfrazada de una suspensión provisional, pero con todos los méritos para exceder hasta el 31 de diciembre de 2023, fecha en que termina mi periodo como mandatario local, impuesta por el contralor municipal sin las garantías mínimas exigidas en la Convención Americana de Derechos Humanos”, argumenta Yáñez.

Oscar Enrique Sandoval fue elegido como nuevo contralor de Cúcuta./Foto Juan Pablo Cohen-La Opinión

 

El futuro de la suspensión que exigía el contralor municipal fue uno de los principales interrogantes que quedó servido una vez se conoció que el caso sería trasladado a Bogotá.


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Como lo contó La Opinión, entre los argumentos que expuso el ente de control fiscal en Cúcuta para pedir que se apartara a Jairo Yáñez del cargo se advertían “razones poderosas” para determinar que con su permanencia en el cargo, el gobernante podía “afectar y obstaculizar las investigaciones fiscales y comprometer aún más el patrimonio público”.

No obstante, como los procesos por los cuales se le investiga fueron remitidos a una instancia nacional, la pregunta que ha quedado en el aire es si esa supuesta interferencia persiste o, por el contrario, es posible continuar adelante con el trámite, sin que de por medio sea necesaria la suspensión.


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Al respecto, el Decreto Ley 403 de 2020, que fue sobre el cual basó la Contraloría General su decisión de intervenir los procesos contra Yáñez, dice que uno de los efectos que produce la intervención funcional excepcional decretada es la: “Transferencia de la titularidad funcional a la Contraloría General de la República de las acciones de vigilancia y control fiscal, incluidas las indagaciones preliminares, los procesos de responsabilidad fiscal, las medidas cautelares decretadas, el ejercicio de la facultad sancionatoria fiscal y del cobro coactivo”.

Cabe recordar también que está pendiente por conocerse el fallo de la acción de tutela que interpuso el mandatario local, con el fin de dejar sin efecto la Resolución 088 que ordenó su suspensión y en cuyo trámite el juez determinó poner en el congelador esa medida provisional.

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