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MinEducación recomendó tope máximo en el incremento de matrículas universitarias
La base del incremento se fijó de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
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Colprensa
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Miércoles, 19 de Octubre de 2022

El ministro de Educación, Alejandro Gaviria, recomendó a los rectores de las instituciones de educación superior no incrementar el valor de las matrículas universitarias por encima del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

"Para las universidades una recomendación que hacemos desde el Ministerio de Educación Nacional de manera general, explícita y asertiva, es que este no es un momento conveniente para generar aumentos en las matrículas por encima del Índice de Precios al Consumidor", dijo el ministro Gaviria.


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El mensaje del jefe de la cartera de Educación fue emitido en un reunión en Barranquilla con los 90 Rectores de Instituciones de Educación Superior vinculadas a la Asociación Colombiana de Universidades (Ascun).

El Ministro exhortó a las Instituciones de Educación Superior a comprender el momento coyuntural y económico que vive el país para acatar este llamado. "En algunos casos, algunas universidades podrían esgrimir razones, pero esos casos deberían ser la excepción y no la regla", comentó.


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El Jefe de la cartera de Educación, se refirió a algunas proyecciones del IPC que hablan del 12 % al concluir el año, otras de un poco más o un poco menos y en este contexto, reiteró la invitación a los Directivos a tomar decisiones socialmente responsables sobre las matrículas universitarias.

Colegios privados

A través de la Resolución 020310 de octubre de 2022, el Ministerio de Educación Nacional estableció los topes máximos de incremento para matrículas y pensiones que deben aplicar para el próximo año.


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La base del incremento se fijó de acuerdo con Índice de Precios al Consumidor (IPC) divulgado por el DANE, con corte a agosto de 2022, el cual se ubicó en 10,84 %.

Adicionalmente, la Resolución 20310 también establece que los colegios privados no podrán incurrir en prácticas restrictivas al momento de solicitar materiales educativos, ni obligar a la adquisición de útiles, textos o uniformes de marcas específicas, o impedir la concurrencia de múltiples proveedores.

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