Los líos con los órganos de control no cesan para el alcalde de Villa del Rosario, Carlos Julio Socha, de quien se acaba de conocer un fallo de la Procuraduría General de la Nación que lo destituye e inhabilita para ejercer cargos públicos por un término de 17 años y 7 meses.
En esta oportunidad, el motivo de la medida, que hasta ayer no había sido notificada al gobernante municipal, tuvo origen en la queja presentada el 24 de agosto de 2016 por Camilo Entrena, así como por los ciudadanos Eduardo Alexis Almeida Cantor y Adrián Alberto Pacheco, y la misma tiene que ver con la presunta evasión del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública en la que incurrió el gobernante municipal, que prevé como regla general la licitación pública y la no contratación directa, como ocurrió en el caso del citado municipio con el contrato de las fotomultas.
Dicho contrato fue suscrito por ETT Villa del Rosario y el departamento de Tránsito, con el cual, según los denunciantes, delegó con particulares el manejo de actividades propias de tránsito por un término de 30 años.
Para el ente de control, a Socha se le cuestiona, igualmente, que utilizó inadecuadamente el tipo de contrato que suscribieron para la entrega de las fotomultas, pues no contaba con más del 50% de participación estatal, y debía hacerse a modo de concesión “dado el objeto contractual y la naturaleza del contratista”, según la Procuraduría.
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El Ministerio Público asegura también en su fallo de segunda instancia, que el estudio que justificó la sociedad a cargo de las fotomultas “omitió aspectos medulares tales como los rendimientos de los recursos a invertir ($5.000 millones), la utilidad esperada por el tercer contratista y la determinación del tiempo estimado para la ejecución del contrato (30 años)”.
“El investigado, por su plena autonomía como alcalde conocía que su comportamiento era contrario a derecho, pues la mayoría de servidores públicos y más cuando se trata del representante legal del municipio, saben cuál es el alcance de sus facultades constitucionales y legales”, reza un aparte del fallo.
En este se agrega también que Socha estuvo en condición de conocer que, inducir y determinar a otros funcionarios para evadir los procesos de selección de contratistas e impulsar la celebración de un convenio con fundamento en unos estudios previos deficientes, podría generarle responsabilidad disciplinaria.
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La Procuraduría, sin embargo, decidió absolver al gobernante local de los otros dos cargos que le había imputado: por delegar a la directora de Tránsito para asumir un compromiso presupuestal de 30 años sin contar con las autorizaciones pertinentes y porque aparentemente constituyó una sociedad de economía mixta con el fin de favorecer a un socio estratégico.