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El Estatuto es un punto de partida para los migrantes: director de Migración Colombia
Juan Francisco Espinosa ofreció detalles del Estatuto Temporal de Protección.
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Keila Vilchez
Keila Vílchez B.
Lunes, 12 de Abril de 2021

El director nacional de Migración Colombia, Juan Francisco Espinosa, en entrevista con La Opinión dio detalles de cómo avanza el proceso de implementación del Estatuto Temporal de Protección para los Migrantes Venezolanos que viven en el país. 

¿Cómo se implementará el estatuto en los territorios?

A partir del 5 de mayo iniciamos la fase virtual. Esta fase se inicia en todo el territorio nacional y el migrante va a hacer 3 cosas: crear usuario y clave, que lo va acompañar durante todo su registro de vida de migración; completar los datos básicos y cargar una foto, y contestar una encuesta de caracterización socioeconómica.

Esta caracterización es la que nos permitirá incluirlos en el plan de vacunación nacional contra la COVID-19, es la que nos permite saber el grado de escolaridad, conocer algo que el país no conoce, como la discapacidad, la condición de vulnerabilidad, embarazo, salud sexual y reproductiva. Esa gran encuesta es el mayor tesoro para alcaldes y gobernadores, porque eso les permite saber cuál es su realidad en el territorio.

La fase virtual no es responsabilidad de los alcaldes y gobernadores, y eso lo venimos trabajando desde migración y se ha invertido un recurso para ello, pero somos conscientes de que no se puede hacer solo.

Este proceso es virtual, tenemos que el índice de uso de tecnologías por parte del venezolano es alto, pero habrá un grupo, como adultos mayores, que no maneja las herramientas,  y otro grupo  que no tiene acceso a las tecnologías.

Estamos apalancándonos en personas orientadores, no son funcionarios de migración, sino personas de Gobierno Nacional, de la cooperación internacional que previa capacitación de nosotros harán el papel de multiplicadores.

Los directores regionales de Migración Colombia están levantando unos mapas de nivel de detalle en sus regionales y sus ciudades, para ubicar dónde está la concentración y cuáles son los puntos estratégicos para facilitar el proceso. 

¿Cuántas personas recibirán en la fase I?

Unos 800.000 en esta fase, que son los regulares, entonces para mí el mínimo sería lograr estos regulares en fase I, pero la apuesta es mayor.

Los dos primeros meses vamos a tener una concentración enorme de solicitudes, en septiembre pasamos a la fase II que es presencial, donde de manera organizada empezaremos a recibir los aportes biométricos, es decir, se validarán los datos, se resuelven inconsistencias, tomamos fotos, huellas e iris.

Esto se hará por agendamiento de citas y no puede hacerse en las oficinas de migración, por lo que estamos en proceso de adquisición de tecnología adicional para tener puntos móviles facilitados por gobernaciones y alcaldías, y la petición es sencilla para los territorios: necesito que me colaboren con un espacio de trabajo donde pueda poner a mi gente y mis equipos para este proceso.

¿Una vez termine la fase I cómo sabe el migrante cuándo le toca la fase II?

Cuando el venezolano culmina la primera parte del registro llega a un punto al final donde va a reservar su cita, y ya queda la fecha y hora de la cita presencial, para la segunda fase.

Esa cita tendrá una especie de recordatorios de tormenta, para hacerles las respectivas notificaciones a los beneficiarios, lo que sí pedimos es que no nos incumplan citas, porque les quitan espacio a otras personas.

Se habla de puntos móviles para el registro, ¿cómo van a funcionar, cuántos serán y cómo se garantiza a la población migrante en movilidad este proceso?

En este momento nosotros estamos en un proceso licitatorio que nos va permitir adquirir adicionalmente unas 120 unidades de enrolamiento para los puntos móviles.

Estas unidades toman las fotografías, toman las huellas y las lleva hasta un centro de procesamiento de datos.

Juan Francisco Espinosa, director nacional de Migración Colombia. / Foto: Archivo

¿Con qué listado de pruebas sumarias contará Migración Colombia para demostrar la permanencia de aquellos migrantes en condición irregular?

Un colombiano y un extranjero con cédula de extranjería pueden certificar la permanencia al 31 de enero de ese migrante. 

Migración no está para tener discusiones probatorias por un peticionario porque nos quedaríamos toda la vida. ¿Cómo rompemos eso?, a través de una declaración notariada. La persona va ante un notario y dice yo conozco al señor, trabaja conmigo, me ha prestado servicios, se llama así, mi nombre es este y se notaría. Yo no me pongo a discutir lo que se dijo ante un notario. Ahora, si le fuiste a decir mentiras a un notario, eso es un documento público.

Vamos a llegar al listado, pero el listado es un tema de referencia propia de migración, para nuestros oficiales, a quienes le decimos esto está pensado en incluir gente.

Dejamos abierta la resolución, porque a nosotros nos van surgiendo situaciones, por ejemplo, logramos que Naciones Unidas compartiera su registro de atención de personas en diferentes puntos.

La resolución está pensada  de una menera muy amplia porque no podemos propiciar la falsedad, y cada vez que el Estado se pone a inventar más recovecos lo que logra hacer es encarecer la tarifa de corrupción.

¿Habrá una verificación con respecto a estos documentos notariados?

Sí, nosotros estamos enviando el mensaje ‘ojo porque vamos a hacer pruebas de verificación’. Y si dijo mentiras, lo grave no es que quede fuera del estatuto sino que como funcionario tengo la obligación de denunciarlo.

Entre el registro en mayo y septiembre, cuando comienza la fase presencial, nos tomamos este tiempo porque hay que procesar todas las solicitudes. Eso se hace uno a uno, lo hace un sistema que contratamos y que empieza  a hacer cruces de información y data.

¿Cuál es el enfoque del estatuto?

El estatuto es una autopista de oportunidades, no es un punto de llegada, es un punto de partida que genera la posibilidad de tener capilaridad multisectorial, es decir, la apuesta del estatuto es hacer visible a los migrantes para que ingresen a una autopista de posibilidades, en donde el centro siempre será el ser humano.

Aquí se dan las herramientas y un tiempo de 10 años donde el venezolano podrá ser parte del sistema de seguridad social en salud, en principio en el subsidiado, pero para que luego salte al contributivo, que salte a tributar en Colombia como los colombianos.

Existe una vocación de permanencia de los venezolanos, ¿qué pasará con aquellos proyectos de vida que en 10 años no logren pasar al régimen ordinario?

Son 10 años porque es un término que permite alcanzar los 5 años para visa ordinaria, pero para ello se necesita la acumulación de un dinero que le permita lograr esa visa. Esto no pasa de la noche a la mañana, y la apuesta de 10 años lo que busca primero es lograr emprendimiento e inclusión.

Lo que queremos lograr es que todos pasen al régimen ordinario, ¿qué pasará a los 10 años con los que no logren ingresar? que van a quedar en un proceso de irregularidad, por eso pusimos 10 años. El secreto del decreto es que el tiempo de regularización de los PEP cuentan como tiempo para la visa ordinaria, es decir, que nosotros en 2 años ya tenemos el primer grupo de personas que pueden pedir su visa. Eso con Cancillería lo estamos trabajando para que pueda pasar.

¿Para el proceso de solicitud de cambio a visa ordinaria se necesitará el pasaporte venezolano? Tomando en cuenta los problemas para su adquisición.

Con el Permiso por Protección Temporal (PPT) que otorga el estatuto el venezolano puede hacer lo que sea en Colombia, puede hacer todo menos votar, puede acceder a trabajo, se puede comprar un activo, porque es parte de una inclusión real. Pero, si va a viajar a Europa no puede porque a nivel internacional son requerimientos distintos.

En este sentido, lo que estamos trabajando es un documento de viaje, y este documento es el elemento sustituto y es excepcional para una persona que no tiene pasaporte, en esa alternativa estamos trabajando. 

Hacia allá es que tenemos que avanzar, que este sea un ejemplo regional y ojalá los países vecinos saquen su estatuto y logremos una interconectividad del estatuto que permita una mejor movilidad, ya Colombia dio el paso y dio el ejemplo. 

Según el estatuto, queda a discreción de Migración la aprobación o no del documento, ¿qué criterios van a utilizar para decir sí o no a las personas?

El estatuto es rogado, es decir, no es automático. Cada venezolano cuando hace parte de la solicitud en fase I lo que está diciendo es yo quiero hacer parte, eso no quiere decir concesión automática. Como autoridad se evalúa la situación y al final del proceso vamos a decir un sí o un no. ¿Quién va recibir un no?, la persona que tenga una deuda con la justicia.

¿Cómo harán aquellos venezolanos para ampararse en el estatuto, luego de la implementación en estos próximos dos años, y que no cuentan con un pasaporte?

Lo importante siempre va ser el registro en nuestro sistema, por eso tiene que ingresar por un punto de control migratorio. 

Los dos primeros años de vigencia del estatuto la persona va entrar con el documento que tenga, lo importante es que el sistema tenga ese registro. Estando en nuestro registro ya no tiene que probar nada para hacerse parte. 

Caso contrario  sucederá con los migrantes que entran por la trocha, porque además de exponer su vida, alimenta organizaciones criminales y los deja automáticamente por fuera del estatuto.

¿Servirá el PPT para el proceso de convalidación de títulos, homologaciones y tarjetas profesionales?

Una de las pérdidas que tiene el país es precisamente no poder utilizar profesionales extranjeros en territorio nacional, pero se está dando una depredación de mercados informales, porque tenemos una persona que tiene una formación técnica compitiendo con un profesional.

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