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Política
Revocan la orden de arresto contra el alcalde de Cúcuta
La decisión aplica también para el administrador del Cementerio Central de Cúcuta, José Vicente Leal Dávila.
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Lucy Araque
Lucy Araque
Viernes, 30 de Septiembre de 2022

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) resolvió dejar sin efecto la sanción que había proferido hace unos días contra el alcalde de Cúcuta, Jairo Tomás Yáñez Rodríguez, y en la que se ordenaban dos días de arresto para el mandatario y el pago de una multa de $5 millones.


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Dicha medida fue adoptada en primera instancia luego de que la justicia especial determinara que Yáñez no había cumplido el requerimiento que le hicieron de diseñar un plan de adecuación del Cementerio Central, a fin de  garantizar la protección de los cuerpos de personas no identificadas (CNI) y de personas identificadas no reclamadas (CINR) que reposan allí, toda vez que podrían corresponder a víctimas de desaparición forzada u otros delitos en el marco del conflicto armado.

No obstante, como parte del recurso de apelación que sus abogados interpusieron en contra de la decisión, el gobernante local le entregó a la JEP un documento en el que detalló de manera precisa el plan que diseñó la administración municipal para atender el llamado de esa instancia judicial, subsanando así la falta por la cual se le sancionaba.

“De acuerdo con el documento en mención, se contempla la ampliación del CCC, en aras de mejorar la capacidad del camposanto y responder a lo ordenado en el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. La zona de intervención que se tiene prevista para ello será un espacio de 550m2 y se espera aumentar la capacidad y ubicación en 2.020 unidades de restero y 556 bóvedas”, dice el auto proferido por la JEP, en relación al plan presentado por el alcalde.


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En este, Yáñez Rodríguez también precisa que el proyecto se adelantará en cuatro fases y que para su desarrollo ya se dispusieron los recursos respectivos.

Dicho plan establece, por ejemplo, que  los estudios topográficos, geotécnicos, diseños de suelos, estructurales, la elaboración de presupuestos de obra, planos de detalle para la etapa de construcción con sus respectivas especificaciones, entre otros, estarán listos el próximo 30 de diciembre y en ello se invertirán $200 millones.

El cementerio hace rato copó su capacidad instalada./Foto Jorge Gutiérrez

 

La segunda fase corresponde a los trámites legales para el inicio de la construcción y la tercera a la ejecución de la obra, la cual está prevista para que se culmine en cinco meses. La inversión estimada es de $2.267 millones.

La entrega del proyecto que le presentó la Alcaldía a la JEP, con el fin de dar cumplimiento a su requerimiento, se programó para el 30 de agosto de 2023.


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El administrador del Cementerio Central, José Vicente Leal, quien también fue sancionado con un día de arresto, presentó su respectivo recurso de apelación y en este consignó, igualmente, el plan de adecuación diseñado por el gobierno local.

Tarde, pero satisface lo exigido

En el auto proferido por la Sección de Primera Instancia para casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad levantando la orden de arresto contra el alcalde, se advierte que si bien el plan presentado por Jairo Yáñez se presentó de manera tardía, este cumple con lo exigido.

“La Sección encuentra que el plan de adecuación del camposanto remitido por el alcalde de San José de Cúcuta y reiterado por el administrador del CCC, con el que se pretende dar cumplimiento a lo ordenado por la SAR mediante el Auto AI-069 de 2021, satisface lo pretendido en aquella decisión, en tanto contempla cada uno de los requerimientos hechos por la SAR para el diseño de dicho instrumento”, dice el fallo de la JEP.


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Así las cosas, se ordena dejar sin efecto la sanción impuesta, pues explica que teniendo en cuenta lo que ha dicho la Corte Constitucional y reiterado el Consejo de Estado sobre la figura del incidente de desacato, “no tendría sentido alguno continuar con dicho trámite ante el cumplimiento de la medida cautelar señalada”.

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