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Política
Ordenan a la UFPS entregar información sobre designación de Héctor Parra
La Universidad Francisco de Paula Santander se había negado a la petición. Conozca el porqué.
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Lucy Araque
Lucy Araque
Viernes, 3 de Septiembre de 2021

Jorge Heriberto Moreno, el mismo de la acción popular que le puso freno al cuestionado proyecto del Parque Bavaria, le acaba de ganar una batalla a la Universidad Francisco de Paula Santander y en los próximos días esa institución deberá entregarle varios documentos con información importante sobre la reciente designación de Héctor Parra como rector para el periodo 2021-2025.

Moreno había elevado un derecho de petición a la UFPS, el pasado 28 de junio, solicitando la entrega de una copia de la grabación en video de la sesión o reunión del Consejo Superior Universitario en la que se dio la designación de Parra, la cual tuvo lugar el 25 de junio.

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Adicionalmente, pidió los siguientes documentos:

-Copia del acta de esa misma sesión, junto con la copia de los conceptos jurídicos de los abogados que participaron en el encuentro.

-Copia del acuerdo mediante el cual se designó a Héctor Parra como rector para los próximos cuatro años.

-El contrato suscrito entre la UFPS y Parra, a partir del 9 de abril de 2021, cuando se le aceptó su renuncia como rector de esa institución, o cualquier otro contrato firmado con fecha posterior al 9 de abril de 2021.

Unos días después, la Universidad le respondió a Moreno, pero le dijo que solo era posible remitirle la copia del acuerdo mediante el cual se designó a Héctor Parra como rector, puesto que los demás documentos requeridos se encontraban sometidos a reserva legal.

En vista de ello, el peticionario decidió interponer un recurso de insistencia, con el fin de exigir la entrega de la información, y este llegó a manos del Tribunal Administrativo de Norte de Santander, que esta semana falló a su favor.

En la decisión, de única instancia, los magistrados señalaron que fueron “mal denegados” los documentos solicitados por Jorge Moreno y en consecuencia ordenaron que, en un término de cinco días hábiles, contados a partir de la notificación, estos deberán ser entregados.

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 Aunque la Universidad alegó que la grabación de la sesión que tuvo lugar el 25 de junio tenía carácter reservado, puesto que “dichos documentos contienen opiniones o puntos de vista que hacen parte del proceso deliberativo de servidores públicos” y advertía que en la sesión se generaron múltiples debates que no cuentan con la autorización para su publicación, el Tribunal no le dio la razón.

“Debe aclarar la Sala, en primer lugar, que la información contenida en la grabación audiovisual de la sesión del Consejo Superior Universitario, constituye información que en los términos del Artículo 6 de la Ley 1712 es pública, en tanto fue generada y se encuentra bajo custodia de la Universidad Francisco de Paula como sujeto obligado en razón de su condición de establecimiento público descentralizado del nivel departamental”, dice la Sala de Decisión.

En ese sentido, concluyó que, contrario a lo manifestado por la UFPS, por tratarse de información pública, la regla general es permitir el acceso a dicha información y solo de forma excepcional prohibirla.

“(…) en el presente caso no se cumplen las exigencias constitucionales que permitan sustentar la decisión de mantener en secreto una información pública, pues esta disposición legal solo establece referencias genéricas e indeterminadas que al aplicarlas de forma aislada, conducen a la vulneración del derecho de acceso a la información pública”, señaló el Tribunal.

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La sentencia agrega que lo mismo aplica para los demás documentos solicitados y que no fueron entregados a Jorge Moreno por la Universidad, pues se advierte que “(…) no existe en el ordenamiento jurídico fundamento legal o constitucional que de forma expresa y específica prohíba su divulgación o acceso”.

La elección de Héctor Parra, quien cumple su séptimo periodo al frente de la UFPS, fue nuevamente cuestionada este año porque, al parecer, no reunía los requisitos legales para aspirar al cargo, toda vez que ya cumplió la edad de retiro forzoso y además está pensionado.

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