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Política
La trampa en la publicidad electoral
A pesar de que la ley estipula que tan solo tres meses antes de las elecciones populares, los candidatos y partidos políticos pueden hacer publicidad electoral, en Cúcuta la Misión de Observación Electoral ya detectó algunos casos de esta contravención a la norma.
Sábado, 18 de Abril de 2015

El afán de los candidatos por conseguir más adeptos y ganar la contienda electoral del próximo 25 de octubre, ya evidencia las trampas que están haciendo para ocultar la publicidad electoral, que aún no está permitida.

La Misión de Observación Electoral (MOE), organización encargada de hacer veeduría al proceso electoral, denunció que en Cúcuta, algunos precandidatos están violando la Ley 1475 de 2011, que regula la organización y el funcionamiento de los partidos y movimientos políticos.

Jairo Oviedo, coordinador en Norte de Santander de la MOE, explicó que ya reportó algunos casos de violación a la publicidad electoral, debido a que el tiempo permitido para hacer propaganda es tres meses antes de los comicios que se desarrollarán el 25 de octubre, es decir, tan solo a partir del 25 de julio.

Sin embargo, Oviedo advirtió que en la anterior Semana Santa, especialmente dos precandidatos infringieron la ley, con publicidad camuflada, al entregar tarjetas en diferentes sectores de Cúcuta, difundiendo su imagen y el nombre, acompañado de una oración religiosa, con ocasión de la Semana Mayor.

“Se presentó la situación con dos precandidaturas: una del Partido Conservador y otra por un grupo significativo de firmas, con nombre y foto. Se trata del precandidato Juan Carlos García-Herreros y la precandidata por el grupo significativo ‘Por una Cúcuta Transparente, Sostenible y en Paz’, Blanca Cruz González”, aseguró Oviedo.

El veedor explicó que esta irregularidad es similar a la que ocurrió en Sincelejo con las corralejas, en donde algunos candidatos aprovechaban para instalar vallas con mensajes de apoyo a estas fiestas características de esa región; así como también sucede en algunas oportunidades con el carnaval de Barranquilla.

“Aprovechan para camuflar la publicidad con ocasión de estas fiestas importantes”, dijo Oviedo.

Asimismo, el uso de volantes, fiestas populares para hacer propaganda, la publicidad en los carros, las vallas y los murales, están prohibidos antes del tiempo establecido por la ley, avalada por el Congreso de la República en 2011.

Dijo que este fenómeno se está extendiendo a lo largo del territorio nacional, como en la Costa Atlántica, Casanare y Arauca.

Esta práctica está contemplada como una contravención a la normatividad electoral.

Las redes sociales

Uno de los temas importantes que se ha estudiado en la MOE en el orden nacional, es la publicidad a través de las redes sociales y la internet.

Oviedo dijo que los candidatos pueden difundir la información siempre y cuando esté en sus perfiles personales de las redes sociales.

Lo que no está permitido es que la publicidad electoral se difunda a través de páginas web privadas, en donde el candidato debe asumir un costo para que su imagen aparezca en estas plataformas.

Por ejemplo, en YouTube, que es un buscador de videos, no debe aparecer ningún tipo de publicidad de los candidatos, porque se incurre en una irregularidad.

No obstante, la instalación de vallas y murales en el espacio público, es una de las infracciones más comunes en este tipo de propaganda electoral.

En este sentido, el coordinador de la MOE en la región, explicó que la Secretaría de Gobierno de  cada municipio debe velar para que esa invasión del espacio público sea desmontada.

“A la secretaría de Gobierno municipal le compete remover la publicidad política instalada en tiempo no establecido; esto trae multas o sanciones al candidato o a la colectividad que incurra en esta práctica”, dijo Oviedo.

El representante de la MOE, recomendó a los ciudadanos que cuando identifiquen este tipo de publicidad ilegítima lo denuncien ante la secretaría de Gobierno, o a la plataforma de esta organización, www.pilasconelvoto.com, para que se remita a las autoridades competentes, como el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría.

Dijo que no existe un tiempo estipulado para que las investigaciones arrojen los resultados necesarios a los candidatos que infringen la norma y le  hacen ‘conejo’ a la ley.

Sin embargo, Oviedo reconoció que la publicidad de expectativa es válida, es decir, los grupos significativos de ciudadanos, que avalan las candidaturas a través de la recolección de firmas, pueden publicitar el nombre del grupo específico, sin tener la imagen del candidato ni el nombre del mismo.

Y así, los demás candidatos, pueden tener la expectativa como una herramienta de publicidad, sin que se divulgue la imagen del aspirante en el tiempo que lo prohíbe la ley.

Periodo poselectoral

Jairo Oviedo, insistió en que se hará un llamado a las secretarías de Gobierno municipales en Norte de Santander, para que ejerzan un fuerte control desde antes de que se termine la contienda electoral, para que los candidatos y los partidos políticos quiten la publicidad, y evitar que se presente lo que siempre pasa después de una jornada electoral, en la que las ciudades son las más afectadas con el mugre de dicha propaganda.

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