La Opinión
Suscríbete
Elecciones 2023 Elecciones 2023 mobile
Política
Caso de Pedro Durán se reactiva, ante salida de Suárez de la JEP
14 documentos, al menos, presentó la defensa de Suárez para justificar su compromiso con la verdad, pero ninguno resultó concreto.
Image
logo
La Opinión
Jueves, 4 de Marzo de 2021

Los planes que tenía el exalcalde de Cúcuta, Ramiro Suárez Corzo, de reducir su condena de 27 años por el homicidio del exasesor de la Alcaldía Alfredo Enrique Flórez, lograr una pena alternativa y resolver favorablemente el otro proceso que cursa en su contra por la muerte del veedor ciudadano Pedro Durán Franco, se le complicaron.

La falta de compromiso y aportes concretos con el esclarecimiento de la verdad, el avance de la justicia y el reconocimiento de las víctimas llevaron a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) a dejarlo fuera de esta instancia y bajo la lupa de la justicia ordinaria nuevamente.

“Esta magistratura ha evaluado los documentos que se denominan “Aportes” presentados por la apoderada del señor Suárez Corzo (…) Se concluye que los compromisos y aportaciones presentadas siguen siendo deficientes y no tienen todavía la concreción, claridad y programación requerida como para servir de insumo en la gestión de un régimen de condicionalidad y por lo tanto, no genera servicio a un diálogo con las víctimas y el avance de la justicia restaurativa (sic)”, fue la conclusión a la que llegaron los magistrados de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas.

El exmandatario de Cúcuta había presentado una solicitud de sometimiento a la justicia transicional en abril de 2017, por su presunta participación en el homicidio agravado de Durán Franco, perpetrado el 12 de agosto de 2003,  y dos años después, en mayo de 2019, esta fue aceptada.

 Ante este giro, el proceso que por esos mismos hechos cursaba en el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Cúcuta y por el cual Suárez ya había sido llamado a juicio, quedó en el congelador.

No obstante, ante la decisión de la JEP de revocar la aceptación provisional del sometimiento y rechazar la solicitud de ingreso voluntario que había elevado Suárez, la Sala de Definición ordenó la remisión inmediata del proceso sobre el veedor ciudadano a la justicia ordinaria.

De quedar entonces en firme la resolución de la Jurisdicción Especial, pues contra la misma proceden los recursos de reposición y apelación, el caso de Durán Franco tendría que volverse a activar en el Juzgado Tercero y reanudar así la etapa de juicio contra el detenido exgobernante de Cúcuta (2004-2007).

Aunque Suárez había insistido también en someter su condena de 27 años a la justicia especial de paz y fueron varios los intentos hechos para que aceptaran este caso, la Sala de Definición decidió rechazar, igualmente, la solicitud.

Por eso, mientras no se determine lo contrario, el exalcalde tendrá que seguir pagando lo que le resta de condena en su residencia, donde se encuentra recluido desde julio del año pasado, luego de que el Juzgado 15 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá le concediera el beneficio de la casa por cárcel, tras haber cumplido parte de su pena y pagado previamente una caución de 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes (un poco más de $35 millones en ese momento).

Los argumentos de la JEP para sacarlo

Cuando Ramiro Suárez Corzo fue recibido en la JEP se comprometió a esclarecer la verdad sobre el conflicto en Norte de Santander y reparar a las víctimas que dejó esa misma situación en esta región del país.

El exmandatario fue aceptado en condición de agente del Estado, pues los hechos que originaron el proceso que se siguió en su contra fueron cometidos por integrantes de los grupos paramilitares que operaban en el área metropolitana de Cúcuta, al parecer, para “pagarle un favor al señor Suárez Corzo”.

En ese sentido, el condenado exalcalde se había comprometido a contar la verdad sobre los hechos que lo llevaron a responder penalmente por la muerte de Alfredo Enrique Flórez y por la de Pedro Durán Franco.

El segundo aporte de verdad lo pretendía materializar haciendo una relación de hechos que involucran a terceros y sobre los cuales aseguraba tener datos de conductas punibles, esto con el fin de “avanzar significativamente en la tarea institucional de combatir la impunidad”.

Suárez le aseguró a la JEP que contaba con información de aproximadamente 12 personas de las que dijo tener conocimiento directo de actuaciones cometidas por ellos, “entre quienes se encuentran actuales servidores públicos y exservidores públicos, exintegrantes de las corporaciones públicas, empresarios, personas condenadas y personas ya fallecidas”.

Sin embargo, los magistrados de la Sala de Definición encontraron que, aunque desde 2018 el exmandatario presentó varios documentos con el fin de construir un programa de verdad y reparación, esta construcción no siguió su dinamismo, con el fin de completarse.

“El señor Ramiro Suárez Corzo ha expresado su inocencia en el trasegar de la complementación del aporte de verdad. Dado lo anterior, considera esta magistratura que no ha sido posible que el aspirante a comparecer enfoque el compromiso de verdad en esclarecer y superar ese umbral establecido en la justicia ordinaria, donde lo señalan como determinador del homicidio de los ciudadanos antes señalados”, dice la resolución de la JEP.

La conclusión a la que llegaron también fue que Suárez no reveló un programa de contribución frente a los derechos de las víctimas “que supere los hallazgos y esfuerzos registrados en la jurisdicción penal ordinaria. Lo anterior, en razón a que el mencionado programa sigue siendo incompleto y no ofrece garantías suficientes para su materialización”.

Sobre su compromiso también se le cuestionó lo siguiente:

- No evidenció un compromiso con la verdad plena, pues nada dijo sobre los homicidios de Tirso Vélez y José Agustín Uribe Guatibonza.

-No determinó con suficiencia los patrones delictivos o de macro criminalidad en los que pudieron haberse insertado los delitos de los que dice tener conocimiento.

-No refirió vínculos concretos entre agrupaciones paramilitares y otros agentes del Estado.

-Tampoco expresó un compromiso con la verdad respecto de las alianzas a través de las cuales las AUC lograron apoderarse de entidades públicas en Norte de Santander.

-Se abstuvo de referir la propuesta de verdad sobre las conductas en las que prometió incurrir luego de ser elegido alcalde para favorecer los intereses paramilitares

Alfredo Enrique Flórez y Pedro Durán Franco

Alfredo Enrique Flórez y Pedro Durán Franco  (Foto: Archivo La Opinión)

 

Así fue el proceso del exalcalde

2017
18 de abril

El exalcalde Ramiro Suárez Corzo presentó una solicitud de sometimiento a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), invocando la condición de agente de Estado.

6 de junio
La defensa del exmandatario pidió la aplicación de los beneficios de renuncia a la persecución penal y libertad transitoria, condicionada y anticipada, la cual no fue concedida.

21 de noviembre
Suárez firma un acta de compromiso con el esclarecimiento de la verdad sobre el conflicto en Norte de Santander.

2018
15 de junio

La abogada del exalcalde presentó una propuesta de contribución al esclarecimiento de la verdad, en relación con su voluntad de contribuir “a la realización de los derechos de las víctimas”.

29 de octubre
La defensa del detenido exmandatario le entregó a la JEP un proyecto de reparación a 1.000 víctimas del conflicto armado.

2019
27 de mayo

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas aceptó el sometimiento de Ramiro Suárez Corzo a la JEP, por la presunta determinación en el homicidio agravado de Pedro Durán Franco. Su solicitud de libertad transitoria y condicionada fue negada.

19 de octubre
La Sección de Apelación del Tribunal para la Paz confirmó parcialmente la resolución de sometimiento aprobada en mayo, y ordenó a otra Sala decidir sobre el sometimiento en el caso de Alfredo Enrique Flórez.

 2020
La Delegada del Ministerio Público ante la JEP entregó un concepto sobre el compromiso de Suárez con el proceso de esclarecimiento, en el que señaló que los aportes hechos por el exmandatario no eran concretos.

2021
2 de marzo

La JEP rechaza la solicitud de sometimiento de Suárez por el caso de Alfredo Enrique Flórez y Pedro Durán Franco y ordena devolver el expediente de este último caso a la justicia ordinaria, donde continuará su curso.

Temas del Día