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Estos permisos necesitan los migrantes para trabajar en Colombia
Presentamos las barreras más comunes que enfrentan los venezolanos para enfrentarse al mercado laboral.
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Viernes, 1 de Abril de 2022

Los migrantes o refugiados venezolanos pueden ejercer cualquier actividad en Colombia siempre y cuando tengan cualquiera de estos documentos para hacer una actividad económica autorizada. Los  permisos válidos son cédula de extranjería, Permiso Especial de Permanencia (PEP) o Permiso por Protección Temporal (PPT).


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Es importante que sepan que en Colombia no pueden trabajar con:

  • Documento venezolano
  • Pasaporte, así esté sellado
  • Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF)
  • Salvoconducto SC-2

Existen documentos que les permiten regularizarse en el país, pero no pueden trabajar con ellos como:

  • Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP)
  • Permiso Temporal de Permanencia (PTP)
  • Tarjeta de Movilidad Fronteriza  (TMF)

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Las identificaciones válidas para trabajar en Colombia son:

Visas

Esta autorización la conceden por ser ciudadano extranjero para  ingresar al país y es otorgada por la Cancillería colombiana. La Resolución 6045 de 2017 fijó tres tipos de visas, las cuales tienen ciertas circunstancias específicas con la que sus portadores pueden trabajar.

  • Visa M (Migrantes)
  • Visa R (Residentes)
  • Visa V (Visitantes)
Cédula de Extranjería

Pueden tramitarla si le conceden una visa superior a tres meses. Este documento lo identifica como extranjero en Colombia. Su uso deberá estar acorde con la visa que le otorgan, es decir; que con la Cédula de Extranjería pueden trabajar siempre que la visa respalde dicha identificación. Para más información consultar en: https://www.migracioncolombia.gov.co/cedula-de-extranjeria   


Permiso Especial de Permanencia (PEP)

Lo creó el Gobierno Nacional para regularizar, bajo ciertos criterios, a los venezolanos que llegaron a Colombia. Se dio únicamente a los que estaban en el país en fechas de corte específicas. Si tienen este documento, deben saber que desaparecerá a partir del 28 de mayo de 2022 y es importante hacer el tránsito al nuevo Permiso por Protección Temporal (PPT).

Permiso Especial de Permanencia para el Fomento de la Formalización  (PEPFF)

La última fecha para sacarlo fue el 28 de mayo de 2021 y quienes tengan este documento pueden trabajar (subordinado o independiente) hasta el 31 de mayo de 2023. Deben tramitar el nuevo PPT para mantener su estadía regular y conservar su empleo. 


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    Permiso por Protección Temporal (PPT)

    Se entregará a los venezolanos que se inscribieron en el Registro Único de Migrantes Venezolanos  (RUMV) y con el cual podrán acceder al trabajo, afiliarse al régimen de seguridad social. Su vigencia es de 10 años.

    Barreras que encuentran los venezolanos para conseguir empleo en Colombia

    Las barreras más comunes que enfrentan los venezolanos para enfrentarse al mercado laboral en Colombia son:

    Barreras personales: Obstáculos para cumplir con los requisitos de selección a un puesto laboral.

    • Desconocimiento o dificultad para acceder a un documento habilitante para trabajar como visa, cédula de extranjería, PEP, PECP, PEPFF, PPT.
    • Ausencia o bajo conocimiento sobre los tipos y requisitos de contratación (normatividad laboral).
    • Desconocimiento de los canales institucionales para la búsqueda de trabajo.
    • Carencia de tarjeta, licencia o matrícula profesional para actividades reguladas como enfermería, ingeniería, entre otras.
    Estatuto-Migrantes
    Dificultades para:
    • Abrir cuentas bancarias y afiliarse al Sistema General de Salud.
    • Obtener certificaciones y homologación de estudios de educación básica, secundaria y/o media.
    • Convalidar títulos de educación superior obtenidos en Venezuela por ausencia de documentos o procesos costosos para la obtención de la apostilla en Venezuela y pago de derechos en Colombia.
    • Conseguir las certificaciones laborales obtenidas en Venezuela por cierre o cambio de domicilio de las empresas.
    • Contar con las certificaciones laborales en Colombia, específicamente cuando se ha hecho parte del mercado laboral informal.
    • Acceder a la oferta de formación y/o certificación de competencias del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).

    Barreras organizacionales: son los obstáculos que corresponden a los sesgos, prejuicios o estereotipos asociados a los requisitos exigidos por los empleadores en la construcción de perfiles laborales y en  la búsqueda o contratación de candidatos.

    • Desconocimiento de documentos que habilitan para  trabajar: Visas, Cédula de Extranjería, Visas que permiten trabajar, PEP, PEPFF y PPT.
    • Desconocimiento del procedimiento para la contratación de extranjeros, y en particular de refugiados y migrantes venezolanos buscadores de empleo.
    • Desconfianza y bajo interés de las empresas en contratar refugiados y migrantes venezolanos.
    • Clima y entorno laboral adverso para el refugiado y el migrante.
    • Xenofobia y discriminación en el lugar del trabajo.
    • Constante movimiento territorial de los refugiados y migrantes en el país, lo cual genera dificultades para contactarlos.
    • Preferencia por perfiles que son referidos o a los cuales se tiene acceso por redes de conocidos.

    Barreras del entorno: son los obstáculos relacionados con el conjunto de factores sociales, culturales, económicos y políticos, entre otros presentes en un territorio y que, en conjunto, afectan la inclusión laboral.              

    • Prejuicios sociales por provenir de Venezuela asociados con xenofobia y discriminación.
    • Preferencia por mano de obra local.
    • Dificultades para que los bancos abran cuentas bancarias a refugiados y migrantes venezolanos.
    • Acoso sexual hacia las mujeres refugiadas y migrantes venezolanas.
    • A las mujeres cuidadoras se les dificulta buscar trabajo, por cuanto no cuentan con una red de apoyo para el cuidado de sus hijos menores.
    • Condiciones laborales adversas que vulneran derechos (explotación laboral).
    • Discriminación y xenofobia contra la población venezolana.

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      ¿Qué hacer si vulneran sus derechos laborales?

      Si consideran que le han vulnerado sus derechos laborales, en Colombia existen los Centros de Orientación y Atención Laboral COLabora, un servicio al ciudadano del Ministerio del Trabajo que le brinda herramientas para orientarle y responder sus inquietudes, ya sea trabajador o empleador.

      Línea de atención COLabora Telefónico: 

      • Línea nacional gratuita 01 8000 112-518 -

      Bogotá (57-1) 3779999

      • Desde su celular en cualquier parte del país, marque: 120
      • Conmutador (57-1) 377 99 99. Horario de atención: Presencial - Centro COLabora DT. Bogotá,

      Carrera 7 N° 32 – 63, Bogotá Colombia, Lunes a Viernes de 7:30am - 3:30pm

      También pueden elevar una queja a fin de investigar a la empresa, para eso debes indicar tus nombres, datos de la compañía, los hechos y documentos que deseas adjuntar al correo solucionesdocumental@mintrabajo.gov.co

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