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Conozca lo que sigue una vez firmado el Decreto del Estatuto Temporal de Protección
El próximo paso será la implementación del Registro Único de Migrantes Venezolanos.
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Jueves, 4 de Marzo de 2021

Luego de la firma del nuevo decreto del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes por el presidente de Colombia, le presentamos lo que sigue luego de este paso: 

Primero, está previsto que el registro para obtener el documento comience 90 días posteriores a la publicación de este Decreto.

El registro de Migrantes Venezolanos se realizará en dos fases, de la siguiente manera:

Primera Fase: Se creará el Registro Único de Migrantes que hace parte del proyecto de identificación y registro de ciudadanos venezolanos (RIC), para identificar y caracterizar a cada ciudadano radicado en Colombia. Este trámite, que será gestionado por Migración Colombia, se debe realizar de manera virtual.

Segunda Fase: Se expedirá el Permiso por Protección Temporal (PPT) a los venezolanos que ya hayan realizado el trámite de registro.

Cada persona registrada recibirá un documento plástico con la información requerida por instituciones públicas y privadas. Se trata de un documento más sólido que les garantizará la permanencia regular en el territorio nacional y les permitirá integrarse a la sociedad colombiana pues podrán, entre otros, acceder a derechos, firmar contratos laborales y obtener productos bancarios.

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La información contenida en el registro no tendrá fines sancionatorios, salvo las excepciones que establezca Migración Colombia. Además, este registro será actualizado periódicamente.

 

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