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Judicial
Ejército retuvo a una ambulancia que trasladaba a una mujer con oxígeno
Aurora Ashirona Sagyera murió en el Hospital Universitario Erasmo Meoz.
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Martes, 9 de Agosto de 2022

La muerte de Aurora Ashirona Sagyera, integrante de la comunidad barí, quien sufría de una infección respiratoria grave, generó investigaciones disciplinarias por parte del comando de la Trigésima Brigada del Ejército. Un grupo de uniformados que interceptó la ambulancia, procedente de Tibú, habría retrasado su llegada al Hospital Erasmo Meoz, lo que causó presuntamente la muerte de la paciente.


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Según el Hospital Regional del Norte, de esta población del Catatumbo, los militares retuvieron durante al menos una hora y 20 minutos a la misión médica, impidiendo que la paciente llegara de manera oportuna a recibir la atención necesaria en el hospital de Cúcuta.

Según denunció el centro médico, la ambulancia de placas GWU-073, fue interceptada por los uniformados al mediodía del 5 de agosto, en la vereda Agualasal, con el objetivo de ser inspeccionada, para verificar si traía un cargamento de cocaína.


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Sin embargo, a pesar de que el médico que viajaba en el vehículo les explicó a los militares el delicado estado de salud de la paciente, de 52 años, que requería de oxígeno para llegar a su destino, el tiempo se prolongó, con el argumento de que debían esperar a que llegara otra ambulancia para hacer trasbordo.

El coronel César Karán, comandante de la Trigésima Brigada del Ejército, aseguró que se iniciaron las investigaciones correspondientes para verificar qué tipo de órdenes se emitieron en el procedimiento.

El oficial dijo que la ambulancia fue ubicada luego de obtener información, por fuente humana, de que se iba a transportar la droga en uno de estos vehículos. Sin embargo, la ambulancia involucrada en el hecho no tenía ninguna sustancia ilegal, a pesar de haber sido sometida a una rigurosa inspección por parte de los militares.

Jhon Ascanio, personero de Tibú, lamentó el hecho y les pidió a las autoridades y a la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría que se adelanten las investigaciones correspondientes para establecer las responsabilidades en el procedimiento militar.


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