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Pensionados perjudicados por fondos privados, ¿sabían de indemnización?
Inconformidades como el valor de la mesada pensional, cobro de seguros y descapitalizacion de sus ahorros son algunas quejas.
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Martes, 14 de Septiembre de 2021

Muchos han sido los dilemas que han tenido que pasar trabajadores y pensionados con la información suministrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías (AFP), como Colfondos, Allmutual, Porvenir, Protección, entre otros. 

Inconformidades como el valor de la mesada pensional, cobro de seguros y descapitalizacion de sus ahorros han sido elevadas hasta el ámbito judicial dejando así, según Colpensiones, más de 31.000 demandas contra estas entidades por cambios de regímenes. 

Colombia registró en el 2020 alrededor de 1.635.603 pensionados, de los cuales 204.926 pertenecen a los fondos privados. En ese mismo año 64.000 pensionados y trabajadores tuvieron éxito en su proceso judicial del traslado de régimen privado a régimen de prima media. 

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Por estas y otras razones, la Corte Suprema de Justicia, en la Sentencia SL373 del 10 de febrero de 2021, quiso tratar de sanar dichos pleitos y aseguró que el retorno de personas pensionadas en fondos privados a Colpensiones traería como consecuencia una seria de dificultades tanto a los dos sistemas pensionales como a terceros que se benefician del reconocimiento del derecho pensional.

 

    Colombia registró en el 2020 alrededor de 1.635.603 pensionados, de los cuales 204.926 pertenecen a los fondos privados. / Foto: Colprensa

     

    Según el abogado Cristhian Arturo Baena, director del área Laboral de la consultora Lizarazo & Álvarez, a pesar del pronunciamiento de la Corte, son muchos los colombianos que se sienten perjudicados por el irrisorio valor de su pensión. Agregó que miles de personas han regresado a Colpensiones como consecuencia de una orden judicial. 

    “Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia les cerró esta posibilidad a los pensionados de los fondos privados, pero abrió el camino para que en lugar de solicitar el regreso a Colpensiones demandaran los perjuicios que a su consideración habían sufrido y es desde este momento donde nace la posibilidad de hacer un reclamo justo respecto de una indemnización por los daños causados por las AFP”. 

    Baena aclaró que quienes ya están pensionados no se les permitirá iniciar demandas por la ineficacia de la afiliación y retornar a Colpensiones. Pero estos pensionados que no pueden trasladarse y a los que les vulneraron sus derechos pueden demandar bajo la figura de indemnización de perjuicios. 

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    “El pensionado que considere que ha sido afectado recibiendo una pensión por debajo de la que pudo haber recibido en Colpensiones, puede exigir una indemnización equivalente a la utilidad o beneficio que hubiese reportado si se hubiera logrado pensionar por el régimen de prima media”, señaló el jurista. 

    Los requisitos

    El experto en Derecho sostuvo que el pensionado debe cumplir con algunos requisitos como:

    • Haberse pensionado en los últimos tres años.
    • Haber cotizado los últimos 10 años por más de 2 SMLV.
    • Estar pensionado en un fondo privado.

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