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Economía
Zidres, la nueva Ley para el agro colombiano
Es una apueta para mejorar la productividad de la agricultura en el país.
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Jorge Andrés Ríos Tangua
Sábado, 6 de Febrero de 2016

El desarrollo del campo colombiano es uno de los temas más tratados por los gobiernos de turno y para esto se han desarrollado un sin número de políticas y propuestas, que, a juzgar por las cifras de desempleo y pobreza en la zonas rurales del país, no han tenido mucho resultado.

La última apuesta para mejorar la productividad de la agricultura del país y la economía de las familias que se dedican a cultivar los alimentos, fue sancionada por el presidente Juan Manuel Santos, que la calificó como “la ley más audaz de nuestra historia para garantizar el desarrollo del campo. Iniciamos el camino para convertirnos en la despensa de alimentos del mundo”.

Se trata, ni más ni menos, de la ley que permite la creación de las Zonas de Interés de Desarrollo Rural, Económico y Social (Zidres), es decir, la Ley Zidres. El proyecto, después de varias salidas en falso, logró ser aprobado en diciembre de 2015 en el Congreso de la República y hoy es una realidad.

La iniciativa, que según quedó estipulado, está diseñada para permitir el desarrollo de los terrenos agrícolas que estén alejados de los cascos urbanos, considerados de difícil acceso, con baja densidad de población y limitada infraestructura.

El presidente de la Sociedad de Agricultores de Colombia (SAC), Rafael Mejía, manifestó a medios nacionales que “con esta Ley se dejan expresas las reglas para el desarrollo del campo, en las zonas que cumplan con las condiciones establecidas. Además, fortalece el desarrollo social, económico, político y ambiental en esta zonas”.

De acuerdo con las declaraciones del presidente Santos, con la Ley Zidres se pondrán a producir cerca de 7 millones de hectáreas de tierra, lo que catapultaría al país como uno de los principales productores de alimentos del mundo. Al respecto, el Superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez, aseguró, en una entrevista, que entre las zonas del país que tendrían terrenos aptos para esta nueva iniciativa estarían algunos del Urabá Chocoano, La Guajira, La Mojana y La Altillanura.

Sin embargo, la Ley Zidres, en donde el Gobierno pone gran parte de sus expectativas para el desarrollo del agro, tiene varios detractores, uno de ellos es Jorge Enrique Robledo. El Senador y uno de los voceros más representativos del Polo Democrático, ha expresado que con esta nueva figura los grandes monopolios podrán quedarse con los terrenos, que por derecho constitucional deberían ser de los campesinos pobres, que no tienen tierras.

Otra voz en contra del proyecto es la del exministro de Agricultura, Mauricio Lizarralde. El que fuese miembro del equipo de trabajo del presidente Santos, expresó que la ley Zidres no tiene nada diferente a lo que ya ofrecía la Ley 160 de 1994, además de que su aplicación en la realidad no será muy viable.

El ABC de la norma

A parte de toda esta discusión, de si es o no viable, de si será o no exitosa, La Opinión le cuenta cuáles son los puntos más importantes de la nueva ley.

¿Qué son las Zonas de Interés de Desarrollo Rural y Económico (Zidres)?

Son zonas especiales de aptitud agropecuaria, ubicadas en el territorio nacional, aisladas de los centros urbanos más significativos, que demandan elevados costos de adaptación productiva, tienen baja densidad poblacional y altos índices de pobreza; carecen de infraestructura mínima para el transporte y comercialización de los productos, y, por sus características agrológicas y climáticas, resultan inapropiadas para desarrollar unidades de producción familiar.

¿Cómo se identificarán y delimitarán los terrenos?

El proceso de identificación de las Zidres estará a cargo de la Unidad de Planeación Rural y Agropecuaria (UPRA) a través de un documento Conpes. Después, mediante decreto, el Consejo de Ministros aprobará la constitución de las Zidres.

Una vez estén definidas las Zidres, ¿qué va a pasar?

Cuando hayan sido definidas las zonas, se podrán desarrollar, dentro de estas, proyectos asociativos en los que podrán participar empresas agrícolas, forestales o ganaderas con campesinos y asociaciones de campesinos. Los proyectos deben ser aprobados por el Gobierno Nacional para ahí sí definir el modelo de explotación de las tierras (arriendo, compra, aporte o concesión, entre otros).

¿Qué requisitos deben cumplir las iniciativas?

El proyecto productivo que se presente debe ser administrativa, financiera, jurídica y ambientalmente viable, además debe garantizar la compra de la producción a precios del mercado y ser compatible con las políticas de seguridad alimentaria del país, ajustándose al ordenamiento territorial de la región donde sea implementado.

¿Para presentar un proyecto hay que ser propietario del terreno?

Los ocupantes de buena fe podrán hacer parte de las Zidres. Las personas a quienes no se les puedan formalizar sus derechos de propiedad podrán celebrar contratos que permitan el uso y disposición de los terrenos.

Aquellos trabajadores agrarios que no sean propietarios de los predios que harán parte de una Zidres podrán vincularse como asociados al proyecto productivo, siempre que se establezca un mecanismo que permita, antes de los tres primeros años de iniciado, que estos se hagan propietarios de un porcentaje de tierra, fijado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

¿Qué va a pasar con los terrenos baldíos que sean propiedad de la nación?

El Estado podrá entregar estas tierras en arriendo, de acuerdo con la duración de los ciclos productivos. El dinero que se reciba por el uso de la tierra será destinado al Fondo de Desarrollo Rural, Económico e Inversión

¿Qué terrenos no podrán usarse en las Zidres?

No podrá haber Zidres en resguardos indígenas o zonas de reserva campesina debidamente establecidas por la entidad competente o en territorios colectivos titulados o en proceso de titulación de las comunidades negras. Sin embargo, los representantes de estas comunidades podrán solicitar ante el Ministerio del Interior ser incluidos en el proceso.

Tampoco podrán crearse en territorios que comprendan áreas declaradas y delimitadas como ecosistemas estratégicos, parques naturales, páramos y humedales.

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