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Cúcuta Deportivo
Caso Cúcuta Deportivo: nuevamente fue negada tutela de Cortés
El abogado Édgar Cortés presentó la acción constitucional que le habían negado anteriormente buscando el mismo propósito.
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Viernes, 19 de Febrero de 2021

Luego de que a mediados de enero se conociera que el Tribunal Superior de Bogotá negó la tutela interpuesta por Édgar Cortés, con la que buscaba tumbar el proceso de liquidación judicial del Cúcuta Deportivo, el jurista volvió a instaurar la misma acción constitución en el presente mes  y esta vez el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Bogotá resolvió de igual manera que el Tribunal. 

Cortés basa su argumento de reclamo  en una presunta violación al debido proceso en la audiencia de incumplimiento del pasado 11 de noviembre, en la que se decretó el inicio del proceso de liquidación judicial. 

El exmagistrado alegaba que en el encuentro no se tuvo como prueba una carta firmada por Fernando Jaramillo, presidente de la Dimayor, en la que afirmaba que una semana después se iba a poner en consideración nuevamente un adelanto de 1.500 millones de pesos que la entidad rectora del fútbol profesional, quería concederle al Cúcuta.

Ese adelanto, en una primera instancia, no fue aceptado por todos los presidentes de los equipos afiliados.

Con esta comunicación, el expresidente José Augusto Cadena, esperaba que los acreedores IMRD y Alcaldía de Cúcuta le dieran más plazo, hecho que no sucedió por los reiterados incumplimientos.  

La acción constitucional se hizo en nombre de Iván Abreo, propietario de 16% de las acciones del Cúcuta Deportivo, según se aprecia en la información contenida en la tutela. 

Édgar Cortés volvió a instaurar la tutela, a razón de que consideraba no haber perdido la que el Tribunal le negó, pretendiendo que se le diera nulidad al acto administrativo de la apertura de la liquidación judicial. 

Ayer se pudo conocer que el Juzgado tomó la decisión de negarla porque “la tutela no es el mecanismo idóneo para lograr sus pretensiones”. De igual forma el Juzgado destaca que la solicitud es improcedente ya que existe otros recursos de defensa judicial.

Frente al fundamento de Cortés, el Juzgado resalta que esa carta de la Dimayor “requiere de un amplio debate probatorio” porque no logra comprobar que esta sea la causante de la violación de derechos fundamentales del accionante. 

E igualmente la define como “una expectativa que se encuentra en cabeza de los 36 clubes que la conforman y por lo anterior no existe certeza de que el club llegara a acceder a dicho anticipo”.

Además, advirtió a Iván Abreo y a Égar Cortés que “se abstengan de presentar acciones de tutela con fundamento en los hechos que ya han sido debatidos so pena de una sanción”, esto por el veredicto dado por el Tribunal Superior de Bogotá. 

Es necesario recordar que el jurista instauró también en la Supersociedades dos solicitudes de nulidad. 

Ambas fueron rechazadas bajo el argumento  de que “la comunicación de la Dimayor que el solicitante considera no fue tenida en cuenta, era un instrumento de negociación cuya finalidad era convencer a los acreedores de dar una nueva prórroga al deudor, pero no un medio probatorio que llevará al juez a imponer una decisión distinta a la solicitada por los acreedores”. 

En el despacho del Tribunal Superior de Bucaramanga aún se encuentra la  tutela instaurada por Cadena por medio del abogado Iván Acuña. 

En esta alega la violación de: el deber de ejercer el control de convencionalidad, Seguridad Jurídica,  Debido Proceso y  Defensa.

Como solicitud principal, Acuña pide que se dé la segunda instancia en el proceso que llevó al inicio de la liquidación judicial.    

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