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Voto militar
Con un proyecto de esta naturaleza al estamento militar podría sucederle como a las altas cortes.
Martes, 15 de Noviembre de 2022

En múltiples ocasiones se ha presentado al Congreso de la República el proyecto de acto legislativo que le reconoce el derecho al sufragio a las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, prohibición consagrada en la Constitución “mientras permanezcan en servicio activo”. Poco después de la posesión del actual presidente de la República dicho proyecto llegó al Congreso y tiene como principal argumento el derecho a la igualdad.

 Durante la conocida Hegemonía Conservadora, que cesó en sus funciones el 7 de agosto de 1930, la Fuerza Pública fue deliberante y gozó del derecho al voto. Inmediatamente se inició la República Liberal, con el presidente Enrique Olaya Herrera, que en 1932 atendió la “petición respetuosa” de los mandos militares para que se iniciara el proceso de despolitización de la institución prohibiendo el derecho al sufragio al estamento militar, lo que efectivamente hizo, tan solo que fue en 1945 que se constitucionalizó.

 Los argumentos a favor de la restauración del derecho al voto para la Fuerza Pública tienen alguna fuerza para convencer, por ejemplo, estos que recojo de varios medios de comunicación: la falta de igualdad, que los militares tienen profesionalismo y madurez institucional, que es discriminatorio que la población militar sea la única que padece de esta inhabilidad, que es un castigo para los militares, etc.

Siempre que se habla de la deliberancia y el sufragio para los militares aparece en el escenario la figura enjuta y la mente lúcida del expresidente Alberto Lleras Camargo y su famoso discurso de mayo de 1958, cinco días después de haber sido elegido presidente de la República: “La política es el arte de la controversia, por excelencia. La milicia, el de la disciplina. Cuando las fuerzas armadas entran a la política se quebranta su unidad porque se abre la controversia”. O el argumento del general Manuel José Bonnet Locarno alguna vez que le correspondió detener el avance de otro proyecto del mismo tenor: “El día en que los políticos empiecen a visitar los cuarteles para hacer campaña, esto se derrumba”. 

En un principio se creyó que el señor presidente de la República apoyaría el proyecto de acto legislativo, pero en las sesiones de la Comisión Primera del Senado fue el señor ministro de Defensa, Iván Velásquez Gómez, el encargado de frenarlo, al argumentar que no es conveniente que la fuerza pública tenga este derecho porque hay que garantizar su neutralidad en la situación actual y se corre el riesgo de fracturarse la unidad de las fuerzas militares. Se le abona. Al final, el proyecto fue negado por 9 votos a favor y 10 en contra. 

Con un proyecto de esta naturaleza al estamento militar podría sucederle como a las altas cortes. Siempre se ha dicho que el Legislador es sabio, pero parece que esa cualidad se desvaneció en 1991, cuando los constituyentes, buscando la forma de armar el sistema de pesos y contrapesos, cometieron el error de otorgar a las altas cortes funciones electorales. Y se armó la de Troya: rencillas internas, discordia pública con el gobierno nacional, compromisos entre los postulados con los postuladores, y otras consecuencias malignas que hay que evitar en materia castrense.

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