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Tiempo límite para alianzas
De la Calle no solo está impedido para hacer cualquier tipo de alianza previa al 27 de mayo, tampoco puede renunciar.
Lunes, 16 de Abril de 2018

El panorama electoral está definido y el tiempo se agota para hacer alianzas, al menos en la primera vuelta presidencial. Con la negativa del Partido Liberal de permitir una eventual coalición entre Sergio Fajardo y Humberto De la Calle, el camino de los comicios del próximo 27 de mayo quedó claro.

Aunque no se hubiera dado la declaración del director del liberalismo, César Gaviria, negando cualquier acuerdo entre su colectividad y el candidato de Coalición Colombia, la tan publicitada alianza no era viable jurídicamente.

Primero, contradice los preceptos legales (Ley 1475 de 2011), pues la candidatura de Humberto De la Calle fue obtenida a través de una consulta popular cuyos resultados lo obliga a mantenerse hasta el final de las elecciones en primera vuelta, de lo contrario tendría que devolver al erario el costo de esa convocatoria realizada el pasado 19 de noviembre de 2017, cuyo valor superó los cuarenta mil millones de pesos.

La norma establece que los precandidatos que participen de consultas populares quedan inhabilitados para una nueva inscripción en cualquier circunscripción del mismo proceso electoral. La misma suerte corren los grupos políticos y sus dirigentes, quienes están impedidos para apoyar aspiraciones diferentes a los seleccionados mediante la consulta, exceptuando los casos en que se presente la muerte o incapacidad absoluta de los designados. 

Además, la Corte Constitucional determinó los criterios de interpretación del artículo 7º de la Ley 1475 de 2011, al señalar que la inobservancia de esas disposiciones genera nulidad de la inscripción de un candidato que no haya recibido el aval en la consulta, pues son reglas establecidas por la Constitución, de ahí su carácter vinculante.

Por eso De la Calle no solo está impedido para hacer cualquier tipo de alianza previa al 27 de mayo, tampoco puede renunciar, pues se debe a una convocatoria hecha en las urnas para definir la cabeza de la campaña presidencial por la colectividad.

Se explican unas sanciones tan drásticas para los candidatos que obtuvieron el beneplácito de los electores en consultas internas como una manera de dar legitimidad a la voluntad de éstos y reconocer los acuerdos hechos en los grupos políticos, fortaleciendo así las instituciones democráticas, fin último del texto constitucional.

La misma inhabilidad que recae en el postulado por el Partido Liberal, pesa sobre los otros dos aspirantes presidenciales que acudieron a consultas internas, Iván Duque y Gustavo Petro. Si bien seguirán los acuerdos con senadores y representantes a la Cámara, muchos de ellos apartándose de la voluntad de su bancada, las cartas están jugadas frente a los nombres que integrarán el tarjetón y a 48 días de la contienda, los colombianos ya tienen una perspectiva para decidir quién será el nuevo inquilino de la Casa de Nariño.

 

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