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Las perlas de Villa del Rosario
La citada funcionaria es ama y señora de los comparendos aplicados por medio de las fotomultas.
Sábado, 17 de Junio de 2017

Definitivamente los ciudadanos residentes en esta frontera estamos expuestos a ser el blanco de las arbitrariedades que algunos funcionarios desatan en contra de desprevenidos.

En esta oportunidad me refiero al Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte de Villa del Rosario y más exactamente a su inspectora, la señora Leonilde García Albarracín

La citada funcionaria es ama y señora de los comparendos aplicados por medio de las fotomultas. Debo aclarar, que todo lo escrito se encuentra documentado y por tal motivo, mi acusación puede ir más allá de una columna de opinión.

Es realmente increíble la manera olímpica con la cual dicha funcionaria ha sentado doctrina al inventarse una figura que ella ha llamado: “validación del comparendo”, con el propósito de distraer el sentido del artículo 23 de la Ley 1383 de 2010 que establece el procedimiento en caso de contravención.

No se trata de juzgar a la inspectora, pero sí de controvertir públicamente su actuación alrededor de una infracción de tránsito y por tal motivo presentaré el caso.

Un ciudadano, al hacer la consulta en línea del Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (SIMIT), se entera de una presunta infracción cometida el 27 de enero de 2017.

De inmediato, por medio de un Derecho de Petición obtiene dentro de los documentos, copia del comparendo y copia de la guía de envío por medio de una empresa de mensajería, la cual hizo entrega el 2 de febrero del mismo año.  

Una revisión a cualquier calendario, permite evidenciar que los 3 días que tiene la autoridad para notificar la infracción, vencieron el 1 de febrero.

En la respuesta obtenida, le informan que el agente de tránsito se tomó un día más para “validar el comparendo” y con base en esa premisa, negó la posibilidad de defensa del ciudadano, quien debió acudir a protección Constitucional, para evitar el daño que le ha causado permanecer como infractor y deudor.

En otro caso, al infractor le fue aplicado el comparendo el 15 de abril y notificado el 22 de mayo, sin embargo luego de la audiencia pública, le hicieron efectiva la sanción porque según ellos, la validación podía durar 4 días y así sucesivamente. Es decir que la señora García, puede perfectamente aspirar a una Alta Corte y de paso llevarse a su asistente para que nieguen todas las tutelas y las demandas, sencillamente porque siempre lo hacen así, dicho por ellas mismas.

Pues resulta que ni existe la famosa validación del comparendo, ni las citadas funcionarias pueden sentar jurisprudencia de sus arbitrariedades, aspecto que debe ser del conocimiento de los órganos de vigilancia y control, puesto que no es justo que se siga atropellando a los ciudadanos, para poder cumplir con los compromisos del concesionario, contrato que también debe ser revisado en detalle por las mismas entidades antes citadas y mientras tanto, juegan con el SIMIT cargándolo de multas que por inoperancia no son capaces de hacerlas efectivas y por eso prefieren torcerle el cuello a la normas, situación que las convierte en las “Perlas de Villa del Rosario”.

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