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Hacen lo que les viene en gana
Los pasajeros deben acusar a los conductores o por lo menos evitar que provean combustibles mientras se está cumpliendo con la ruta autorizada.
Sábado, 13 de Julio de 2019

Hace unos días, me llamó un buen amigo para comentarme la tortura en que se ha convertido tomar la vía que de Cúcuta conduce a Pamplona y viceversa, debido a los trabajos que se adelantan y de ahí, largas esperas que generan inconformidad ciudadana.

De igual manera, me comentó que además de lo anotado, el conductor del vehículo de servicio público en el que venía como pasajero, decidió proveer con gasolina el automotor en una estación de servicio cerca al peaje, sin tomar precauciones mínimas de seguridad al no informar a los usuarios que debían bajar de la buseta, situación que pudo agravarse puesto que dentro del grupo habían menores de edad.

Una vez finalizó el tanqueo de combustible, continuó su marcha como si nada hubiese sucedido.

Se trata de un vehículo registrado en la empresa Catatumbo, identificado con placas XVW-835, cuyo conductor en un acto peligroso y reprochable, puso en riesgo a la totalidad de pasajeros, contraviniendo la Ley 1383 de 2010 que establece en su artículo 21: “Será sancionado con multa equivalente a cuarenta y cinco (45) salarios mínimos legales diarios vigentes (smldv) el conductor y/o propietario de un vehículo automotor que incurra en cualquiera de las siguientes infracciones: E.1. Proveer combustible a vehículos de servicio público con pasajeros a bordo…”

Para completar el drama, no se observó patrulla alguna de la Policía de la Dirección de Tránsito y Transporte, cuyo grupo (seis o más patrulleros) posee los equipos y vehículos tipo motocicleta de alto cilindraje y camionetas que perfectamente pueden patrullar de vez en cuando su área de operación y detectar en flagrancia a ese tipo de individuos que poco o nada les importa la seguridad de sus pasajeros.

Considero que la multa por ese tipo de infracción es insignificante ($1.242.158) frente a la tragedia que pudiera darse con ocasión de eventuales fallas en el proceso de proveeduría de combustible.

De igual manera, no creo que empresa aseguradora alguna pague indemnización a los parientes cercanos de pasajeros que pudieran perder la vida por irresponsabilidad de algunos conductores y de ahí que las sanciones para estos casos debiesen ser por lo menos diez veces del valor actual y así, entrarían en cintura este tipo de personajes. 

Concluyo que nuestra querida institución debe ser más proactiva en materia de prevención y ser inflexibles frente a estas manifestaciones homicidas. Los pasajeros deben acusar a los conductores o por lo menos evitar que provean combustibles mientras se está cumpliendo con la ruta autorizada y las empresas de transporte, indagar sobre lo acontecido evitando que estos conductores sigan haciendo lo que les viene en gana.

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