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El Ministerio de la igualdad
Esas no son sugerencias del Constituyente.
Domingo, 8 de Enero de 2023

El legislador colombiano ha creado el Ministerio de la Igualdad y la Equidad, organismo que -bajo la dirección de la vicepresidenta Francia Márquez- buscará desarrollar uno de los principales programas de gobierno del presidente Gustavo Petro: la indispensable y urgente lucha del Estado colombiano contra la desigualdad, en uno de los países más desiguales del mundo. 

Opositores han criticado la norma, aduciendo que es imposible la igualdad dado que, por naturaleza, somos desiguales. 

Se equivocan quienes así razonan, pues parecen ignorar que una cosa es la diferencia entre las personas en cuanto a elementos accidentales -por razones biológicas, estéticas, de origen, de nacionalidad, de edad, de sexo, de salud, de aptitudes físicas, artísticas o intelectuales, gustos o inclinaciones- y otra muy distinta la igualdad surgida de la esencia misma del ser humano, titular de la misma dignidad y los mismos derechos. Con independencia de las aludidas características y condiciones de cada individuo, todos, en cuanto personas, somos exactamente iguales, tenemos los mismos derechos fundamentales, merecemos igual respeto, debemos gozar de todas las garantías y de iguales oportunidades, sin discriminación alguna.

Eso no lo inventó la nueva ley. Está consagrado en la Constitución de 1991, cuyo preámbulo proclama la igualdad como valor esencial del sistema, y cuyo artículo primero enuncia el respeto a la dignidad humana como uno de los fundamentos de nuestro Estado Social y Democrático de Derecho. De conformidad con el artículo 5, ese Estado “reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona”. 

Por su parte, el artículo 13 de la Constitución, tras declarar que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, establece que “recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica”. Pero, además, contempla la igualdad real y efectiva: “El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados. El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que, por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan”. 

Esas no son sugerencias del Constituyente. Son órdenes perentorias que el Estado debe cumplir, y no ha cumplido. Está muy bien que el actual Gobierno se proponga hacerlo, y que el Congreso haya creado un ministerio para tal fin. ¿Cómo lo hagan los funcionarios de la nueva institución, y de qué manera pensará el presidente de la República dirigir su actividad? No podemos adelantar un juicio desde ahora. El Ministerio apenas ha sido creado. Pero lo cierto es que los objetivos e ideales que el Estado se propone con la normatividad sancionada y promulgada distan mucho de ser -como algunos insinúan- de carácter burocrático. Se trata de cumplir la Constitución.

Digámoslo una vez más: los postulados constitucionales no se pueden quedar en simples declaraciones teóricas carentes de eficacia, en especial si de por medio están valores de tanta trascendencia como la igualdad y la equidad, la vida y los derechos de muchos colombianos. 

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