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Avances laborales
Grandes avances en las condiciones laborales de los colombianos.
Lunes, 21 de Febrero de 2022

La resolución 0224 expedida recientemente por el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera Báez, marca, indiscutiblemente, grandes avances en las condiciones laborales de los colombianos.

El accionar de los sindicalistas que durante años venían insistiendo en la aplicación de medidas para el mejoramiento de la calidad de vida del servidor público, dio su fruto este año 2022.

Nuestro país seguía mostrando un panorama bastante inflexible, por ejemplo, en el número de horas trabajadas. Colombia tenía 48 horas semanales y en un proceso de transición que inicia en el 2023, se llegará a 47 horas y en 2026 con 42 horas, refleja un logro en este campo. Este progreso obtenido mediante ley del Senado, terminando el año 2021, inicia el camino del bienestar del empleado. 

Aun así, en comparación con otras regiones sigue teniendo el número de horas más alto en comparación a Brasil, Ecuador y Uruguay, donde son 40 horas, Argentina y Chile tienen 35 y 30 horas respectivamente.

Lo anterior, para aplicación a todos los empleados colombianos, ahora la resolución 0224 rige para los servidores públicos y ha permitido entre otros los siguientes aspectos favorables: permiso remunerado por celebración del cumpleaños, que aunque puede parecer un poco fútil significa desde la parte emocional y psicológica bienestar para disfrutar de esta fecha en compañía de la familia o de los amigos más cercanos; el permiso remunerado por antigüedad,  las actividades de bienestar, incluida la deportiva, como un reconocimiento que dichas reuniones redundan en la productividad en el trabajo, sin quedar excluida la formación académica que también tiene su reconocimiento, estimulando al estudio en su artículo 8, donde se establece que  le otorga hasta 8 horas mensuales sin necesidad de compensación del tiempo.

El artículo 7 que amplía los días de duelo a siete, los descansos compensados mediante concertación con los trabajadores en la Semana Santa, Navidad y festividades de fin de año, y una disposición supremamente importante con relación a la semana de receso escolar, donde se ha establecido en su artículo 12 que los padres que tengan hijos hasta los 25 años o en situación de discapacidad que estén estudiando, disfrutarán de este descanso remunerado. Es necesario aclarar que si el número de empleados en esa situación llega al 50% se ha de  concertar turnos de compensación para no afectar la prestación del servicio.

Otra disposición que toca al sector educativo es el capítulo 2, en su artículo 17, donde se va a priorizar el plan integral de capacitación y el bilingüismo en el cual el Ministerio del Trabajo suscribirá convenios con instituciones educativas para ofrecer a los servidores públicos y su familia la oportunidad de aprender este idioma.

El ministro está cumpliendo, teniendo muy claro que eso conduce a un mejoramiento entre la vida laboral y personal.

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