La de 1991, tan garantista, tan moderna, tan romántica y tan manoseada, nos entregó el catálogo más completo de derechos y libertades sociales y económicos, incluidos los colectivos y del ambiente, que se haya dado en Constitución alguna del mundo occidental. En otros términos, en 82 artículos apretó la felicidad de los colombianos.
En el artículo 85 ordenó su protección y aplicación inmediata los Derechos y libertades contenidos en casi todos artículos del 11 al 40, que de por si constituyen un esfuerzo descomunal para el Estado y su fuerza pública.
Pero eso es lo que dice la Constitución Política de Colombia, que es norma de normas y tiene que cumplirse. Y esos derechos y libertades de los colombianos no establecen discriminación alguna, ni de edad, sexo o condición, ni siquiera de nacionalidad pues incluye a los extranjeros. De día y de noche y en todo el territorio nacional.
De tal manera que esta protección la tiene quedar el Estado inclusive a todas las personas referidas en el párrafo anterior, incluidas todas sus miserias, por ejemplo, a los “borrachitos” que no alcanza a cuidar Dios. Si, borrachitos feos o bellos, jóvenes o viejos, pobres o ricos, amanecidos o recién levantados, prudentes e imprudentes, documentados e indocumentados.
Y la rifa de esta tarea difícil se la ganó la Policía Nacional y en ocasiones excepcionales, nuestro glorioso Ejército Nacional. Lo dijo la Constitución Política que es norma de Normas en su Artículo 218 que a la letra dijo: ARTÍCULO 218. La ley organizará el cuerpo de Policía.
“La Policía Nacional es un cuerpo armado permanente de naturaleza civil, a cargo de la Nación, cuyo fin primordial es el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz. La ley determinará su régimen de carrera, prestacional y disciplinario”.
Como se ve, no ha y excusa valedera, para justificar la ausencia de la Policía Nacional en nuestras calles y avenidas ni de día, ni de noche, ni cuando la ciudad despierta, ni cunado duerme, pues los derechos y libertades que nos tiene que proteger son tan permanentes como sus fines primordiales.
Muchos abogados del diablo justifican la ausencia policial, con el pretexto que la causa de ella se debe a la falta de la firma de un convenio con la Policía Nacional relativo a la prevención e imputación de las faltas de tránsito con la municipalidad, lo cual sería absurdo y borraría con el puño la norma constitucional.
La protección de Derechos y libertades es una obligación que se debe cumplir con convenio o sin convenio interadministrativo.
Adenda: Que bueno que Néstor Humberto Martínez mirara a Cúcuta y que la Defensoría del Pueblo respondiera los Derechos de Petición.